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Estamos comprometidos a apoyar, empoderar y abogar por aquellos que desempeñan un papel crucial en la educación y desarrollo temprano de los niños en nuestras comunidades.

ACTUALIZACIÓN IMPORTANTE PARA PROVEEDORES DE CUIDADO INFANTIL DE NUEVO MÉXICO

Nuevas regulaciones de ECECD vigentes desde el 9 de septiembre de 2026

El Departamento de Educación y Cuidado en la Primera Infancia de Nuevo México (ECECD) ha adoptado cambios importantes a las regulaciones 8.9.3 NMAC – Child Care Assistance y 8.9.4 NMAC – Child Care Licensing.

NMECLA comparte este resumen para ayudar a centros, hogares familiares, hogares grupales, proveedores registrados, directores y educadores a comprender los principales cambios.

 Este resumen es informativo. Los proveedores deben consultar las regulaciones oficiales para determinar todos los requisitos aplicables a su tipo de programa.

 1. CHILD CARE ASSISTANCE AHORA ESTÁ RESPALDADO POR LEY ESTATAL

Senate Bill 241 creó el Child Care Assistance Program Act, estableciendo en ley estatal requisitos relacionados con elegibilidad, pagos, responsabilidad fiscal y participación de proveedores.

Las regulaciones 8.9.3 NMAC fueron modificadas para alinearse con esta nueva ley.

2. CAMBIOS EN ELEGIBILIDAD DE CHILD CARE ASSISTANCE

Se actualizaron las actividades y circunstancias que pueden utilizarse para determinar la elegibilidad de las familias.

Para familias con ingresos superiores al 600% del Federal Poverty Level (FPL), las horas autorizadas de cuidado estarán limitadas a las horas respaldadas por el horario de la actividad calificante del padre, madre o tutor.

Para efectos de las unidades de servicio:

• Full-Time Care generalmente corresponde a un mínimo de 29 horas semanales con un proveedor.
• Part-Time Care incluye cuidado de menos de 29 horas semanales o determinadas situaciones con múltiples proveedores.
• Wrap-Around Care continúa contemplando cuidado relacionado con PreK, Head Start y niños de edad escolar.

3. POSIBLES COPAGOS

Las reglas establecen condiciones bajo las cuales ECECD puede implementar copagos.

Si se implementan:

• Las familias con ingresos de hasta 600% FPL tendrán sus copagos cubiertos por el estado.
• Para familias por encima del 600% FPL pueden existir copagos, aunque ECECD puede cubrirlos con fondos estatales cuando determine que existen fondos suficientes.
• Se requiere aviso previo antes de implementar copagos.

La regulación también establece una escala para calcular los posibles copagos dependiendo del ingreso familiar.

 4. POSIBLE LISTA DE ESPERA

La nueva regulación establece circunstancias financieras o de participación que podrían activar una lista de espera.

Si se implementa una lista de espera, existen categorías de prioridad, incluyendo:

• familias que reciben TANF;
• familias de menores ingresos;
• niños con discapacidades o considerados at-risk;
• bebés y niños pequeños dentro de determinados niveles de ingreso;
• otras familias según los niveles establecidos por la regulación.

 5. NUEVO REQUISITO DEL 57% PARA SALARIOS Y BENEFICIOS

Uno de los cambios más importantes para los proveedores que participan en Child Care Assistance:

Los proveedores deberán utilizar no menos del 57% de las tasas de pago correspondientes establecidas bajo 8.9.3.19 NMAC para salarios y beneficios de las posiciones especificadas por la regulación, incluyendo puestos como:

• director;
• assistant director;
• teacher;
• y otras posiciones cubiertas por la disposición.

Este requisito merece especial atención por parte de propietarios y directores al preparar presupuestos, nómina y documentación financiera.

6. NUEVOS REPORTES FINANCIEROS Y DE PERSONAL

Se establecen nuevos requisitos de reporte para proveedores participantes.

A partir de 2027, según las fechas establecidas en la regulación, los proveedores deberán reportar información que incluye:

• salarios;
• beneficios;
• cualificaciones profesionales;
• puesto y nivel del empleado dentro de la estructura de salarios/carrera de ECECD;
• cantidad total gastada en salarios y beneficios;
• determinada información financiera y operacional del negocio.

También se establece el reporte mensual de participación mediante registros diarios de asistencia a partir de enero de 2027.

7. MAYOR TRANSPARENCIA SOBRE LAS OPERACIONES DEL PROVEEDOR

La regulación contempla reportes de información relacionada con la operación y estructura empresarial, incluyendo determinados datos sobre:

• propiedad del negocio;
• inversiones significativas;
• ciertas deudas o gravámenes;
• cambios de propiedad;
• fuentes de financiamiento fuera del estado;
• días y horas de operación;
• estructura de beneficios para empleados.

8. COMIDAS Y CACFP

Las reglas aclaran los cargos relacionados con alimentos.

• Proveedores que no participan en CACFP pueden cobrar una tarifa razonable para recuperar el costo de las comidas.
• Proveedores participantes en CACFP non-pricing no pueden cobrar por comidas o snacks.
• Para programas CACFP pricing se aplican las reglas correspondientes del programa federal.

También pueden existir ciertos cargos incidentales, como excursiones o comidas especiales, siempre que cumplan con los límites establecidos.

9. TASAS DE REEMBOLSO

Las tasas continúan diferenciándose según factores como:

• tipo de proveedor;
• edad del niño;
• Full-Time, Part-Time o Wrap-Around Care;
• nivel de estrellas/FOCUS;
• acreditación nacional cuando corresponda.

La regulación también mantiene diferenciales para determinados horarios no tradicionales y otros incentivos sujetos a requisitos específicos.

10. CUIDADO EN HORARIOS NO TRADICIONALES

Continúan los diferenciales para proveedores que ofrecen cuidado durante horarios no tradicionales.

Dependiendo del número de horas calificantes, el diferencial puede ser de:

• 5%
• 10%
• 15%

Esto puede aplicar a cuidado nocturno y de fines de semana conforme a las definiciones de la regulación.

11. DEFINICIÓN DE “CHILD” EN LICENSING

En 8.9.4 NMAC, “child” se define como una persona menor de 19 años de edad cronológica.

Es importante distinguir esta definición de los requisitos específicos de background checks y de quién cuenta para capacidad, supervisión u otros requisitos.

12. BACKGROUND CHECKS

Las regulaciones mantienen requisitos de background checks para las personas requeridas por las reglas aplicables.

En hogares licenciados, los expedientes deben incluir documentación correspondiente para empleados y también se mantiene documentación de background checks para los adultos que viven en el hogar.

Los background checks requeridos deben realizarse por lo menos una vez cada cinco años.

Antes de comenzar a trabajar, un miembro del personal debe contar con la autorización correspondiente, incluyendo cuando aplique un Notice of Provisional Employment.

 13. EXPEDIENTES DE PERSONAL Y PDIS

Se reorganizan y aclaran los documentos que deben mantenerse en PDIS y aquellos que deben mantenerse directamente por el proveedor.

Entre ellos pueden encontrarse:

• background check;
• fechas de contratación y terminación;
• capacitación;
• CPR/First Aid;
• plan de desarrollo profesional;
• reconocimiento del personnel handbook;
• horarios de entrada y salida;
• responsabilidades del puesto;
• evaluaciones y acciones administrativas.

Los requisitos específicos dependen del tipo de establecimiento.

14. FAMILY HANDBOOK

Los programas deben contar con un Family Handbook que incluya información y políticas requeridas.

Entre otros temas:

• misión;
• filosofía;
• información del programa;
• horarios;
• comidas;
• participación familiar;
• inscripción y desinscripción;
• expulsión;
• pagos;
• ausencias;
• excursiones;
• enfermedades y medicamentos;
• emergencias;
• cierres por clima;
• confidencialidad;
• reporte de abuso y negligencia;
• guidance/discipline;
• política antidiscriminación;
• uso de teléfonos celulares por empleados.

Cuando se actualiza el handbook, deben cumplirse los requisitos de notificación y presentación establecidos por Licensing.

15. MISSION, PHILOSOPHY & CURRICULUM

Las regulaciones especifican documentación programática que incluye:

• Mission Statement
• Philosophy Statement
• Curriculum Statement

Los proveedores deben asegurarse de que estos documentos estén actualizados y correspondan con las prácticas reales del programa.

16. FAMILY Y GROUP CHILD CARE HOMES

Las reglas continúan diferenciando:

Licensed Family Child Care Home: hasta 6 niños.

Licensed Group Child Care Home: de 7 a 12 niños.

Las reglas también especifican requisitos de personal, expedientes, capacitación, supervisión y operación correspondientes a estos programas.

17. ZONING, BUILDING, FIRE Y ENVIRONMENTAL APPROVALS

Las reglas de licenciamiento especifican documentación de aprobación aplicable relacionada con:

• zoning;
• building/certificate of occupancy;
• fire authority;
• environmental health;
• cocina;
• agua privada;
• sistema séptico;
• piscinas, cuando corresponda.

También existen disposiciones relacionadas con aprobaciones utilizadas por escuelas y community centers.

18. EXPEDIENTES DE LOS NIÑOS

Los programas deben mantener expedientes completos para cada niño conforme a los requisitos de Licensing.

La regulación establece que los registros requeridos deben completarse antes de que el niño sea admitido al programa, salvo las excepciones específicamente permitidas por la regulación.

19. POLÍTICA DE TELÉFONOS CELULARES PARA EMPLEADOS

El handbook debe incluir una política que establezca y defina el uso seguro y apropiado de teléfonos celulares por empleados.

20. INCIDENTES Y NOTIFICACIÓN

Se mantienen y aclaran responsabilidades relacionadas con incidentes que amenacen la salud o seguridad de los niños.

Los programas deben cumplir con los requisitos de:

• documentación;
• notificación a familias;
• firmas correspondientes;
• reporte inmediato de lesiones en la cabeza;
• reporte de abuso o negligencia cuando corresponda.

 ¿CUÁNDO ENTRARON EN VIGOR?

Las reglas finales 8.9.3 NMAC y 8.9.4 NMAC entraron en vigor el 9 de septiembre de 2026.

NMECLA recomienda que todos los proveedores revisen las reglas completas y actualicen sus políticas, manuales, registros administrativos y procedimientos internos según corresponda.

 NMECLA continuará compartiendo información y recursos educativos para ayudar a los proveedores de cuidado infantil de Nuevo México a comprender e implementar los nuevos requisitos.

Información educativa; no constituye asesoría legal ni sustituye las regulaciones oficiales de ECECD.

Actualizaciones de la Conferencia

Nos complace compartir que nuestra conferencia fue todo un éxito. Fue una jornada muy especial de aprendizaje, colaboración y celebración para nuestra comunidad de educación y cuidado infantil.

Tuvimos el honor de recibir la visita de la Secretaria Elizabeth Groginsky, a quien hicimos entrega de un reconocimiento en agradecimiento por su liderazgo, compromiso y apoyo a la educación y al cuidado de la primera infancia en Nuevo México.

Agradecemos profundamente a todas las personas que participaron y contribuyeron a hacer de este evento una experiencia memorable.

A continuación, compartimos algunos de los momentos especiales de la conferencia a través de fotografías y videos.

Mesa Directiva

Director Ejecutivo: Rosa Barraza

rosabarraza@nmcla.org

575-442-9811

Subdirector Administrativo: Corina Barraza

corinabarraza@nmcla.org

Administrador Financiero: Miriam Baque

miriambaque@nmcla.org

Coordinador de Comunicación & secretaria: Sara Fraire

sarafraire@nmcla.org

Representante del SUR:

Maria Ponce 

mariaponce@nmcla.org

Olga Casillas

olgacasillas@nmcla.org

Representante del ESTE: Helen Ortega

helenortega@nmcla.org

 

Servicios

Entrenamientos 

La Asociación de Aprendizaje y Cuidado Temprano de Nuevo México (NMECLA) ofrece entrenamientos de diversas maneras para satisfacer las necesidades de sus miembros. Organiza talleres prácticos, seminarios interactivos y conferencias educativas donde los miembros pueden adquirir nuevas habilidades, conocimientos y herramientas relevantes para la educación y el cuidado de la primera infancia. Estos eventos son diseñados y dirigidos por expertos en el campo, abordando temas actuales y prácticos que van desde estrategias de enseñanza hasta desarrollo infantil y gestión de centros de cuidado infantil. Además, NMECLA facilita programas de desarrollo profesional continuo, ofreciendo oportunidades de aprendizaje en línea y recursos educativos accesibles para sus miembros, garantizando que estén actualizados en las mejores prácticas y enfoques pedagógicos.

 

Consultoría Personalizada

La Asociación de Aprendizaje y Cuidado Temprano de Nuevo México (NMECLA) ofrece consultas personalizadas a sus miembros a través de asesoramiento directo y asesoramiento individualizado. Los miembros pueden comunicarse con el personal de NMECLA para plantear preguntas, preocupaciones o solicitar orientación sobre una variedad de temas relacionados con la primera infancia, la educación y el cuidado infantil. Asimismo, se asignan asesores especializados para brindar orientación personalizada y soluciones a las necesidades específicas de los miembros, ya sea en la gestión de centros de cuidado infantil, la implementación de programas educativos o el desarrollo profesional del personal.

 

Abogacía

La Asociación de Aprendizaje y Cuidado Temprano de Nuevo México (NMECLA) lleva a cabo la defensa de los proveedores de cuidado infantil mediante la influencia en la formulación de políticas gubernamentales, la representación ante autoridades y agencias reguladoras, la educación pública sobre la importancia del cuidado infantil de calidad, y la promoción de recursos y apoyo para los proveedores. A través de estas acciones, NMECLA busca mejorar las condiciones en las que operan los proveedores de cuidado infantil, garantizando su reconocimiento, apoyo y acceso a recursos necesarios para ofrecer servicios de calidad a los niños y sus familias.

 


Filosofía

"En nuestra asociación, nos dedicamos a apoyar y fortalecer a los proveedores de cuidado infantil en hogares y centros. Reconocemos el papel vital que desempeñan en el desarrollo de los niños y nos comprometemos a proporcionarles el apoyo, los recursos y la capacitación necesarios para ofrecer un cuidado de alta calidad. Creemos en el poder transformador de su trabajo y nos esforzamos por ser una fuente confiable de orientación y asistencia en cada paso del camino. Al unirnos en comunidad, podemos crear entornos seguros, amorosos y enriquecedores donde cada niño pueda crecer y prosperar plenamente."

Misión

La Asociación de Aprendizaje y Cuidado Temprano de Nuevo México proporciona dirección y claridad a sus miembros y partes interesadas. Avanzamos en una profesión diversa y dinámica de la primera infancia y apoyamos a todos los que cuidan, educan y trabajan en nombre de los niños pequeños.


Acerca De Nosotros

Establecida en 2010, la Asociación de Aprendizaje y Cuidado Temprano de Nuevo México (NMECLA) es el organismo más grande y con mayor autoridad en el sector de la primera infancia para hispanos. Representamos a más de 300 miembros en todo el estado, incluyendo centros privados, domésticos, y otros apasionados por el bienestar de todos los niños de Nuevo México.

NMECLA se enorgullece de ser una voz para los niños pequeños. Estamos dispuestos y capacitados para abordar una amplia gama de temas relacionados con la prestación de educación y cuidados en la primera infancia, tales como:

  • Garantizar la calidad en la educación infantil.
  • Analizar la política gubernamental federal.
  • Promover la asequibilidad y accesibilidad de los servicios de cuidado infantil.

A través de nuestra amplia red, también podemos proporcionar expertos altamente calificados en campos que incluyen el bienestar social y emocional de los niños, así como en la educación y cuidado de la primera infancia, entre otros.


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